Impuesto sobre Sucesiones en Madrid (2026)
Bonificación del 99 % para hijos, cónyuge y padres y del 50 % para hermanos, sobrinos y tíos.
- Bonificación del 99 % de la cuota para los grupos I y II, incluidos seguros de vida.
- Hermanos, sobrinos y tíos (grupo III): bonificación del 50 % desde el 1 de julio de 2025.
- Solo se bonifica lo que se declara de forma completa: un bien olvidado y descubierto por Hacienda pierde la bonificación.
- Valores de referencia altos: la plusvalía municipal y el IRPF de una venta posterior son el gran coste.
Información orientativa revisada en octubre de 2026. Fuentes: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026» (cap. IV, act. 29-4-2026); Ley 29/1987 (BOE), art. 23 bis; Diputaciones Forales y Hacienda Foral de Navarra. Cada beneficio tiene requisitos: te lo confirmamos con tus datos. Comparar con otras comunidades.
Lo específico de heredar en Madrid
En Madrid la bonificación del 99 % hace que hijos y cónyuge paguen muy poco de Sucesiones, pero los valores de referencia son altos. Por eso las dos decisiones que más dinero mueven son la plusvalía municipal (muchos ayuntamientos bonifican la herencia de la vivienda habitual; revisamos la ordenanza de cada uno) y el valor que se declara si después se vende el piso.
Pisos de alto valor
Con valores de referencia altos, la plusvalía municipal puede ser importante: la calculamos por los dos métodos (objetivo y real) y aplicamos el más favorable, junto con la bonificación municipal si existe. Y si vais a vender el piso, el valor que se declare en Sucesiones será el que Hacienda use como coste de compra en vuestro IRPF.
Ejemplo orientativo
Dos hermanos heredan de su madre, residente en Madrid, un piso con valor de referencia de unos 320.000 € y 35.000 € en cuentas: en total, unos 355.000 €. Hay testamento y uno de ellos quiere vender el inmueble.
Con la bonificación del 99 %, la cuota de Sucesiones queda en una cifra pequeña. Con precios de Madrid, la decisión importante es el valor que se declara: si vendéis el piso, de él depende el IRPF.
La plusvalía municipal se liquida en el ayuntamiento donde está cada inmueble urbano, en seis meses prorrogables hasta un año.
Derecho civil: Derecho común (Código Civil)
Los hijos tienen derecho a la legítima: dos tercios de la herencia (uno de ellos, de mejora). El cónyuge viudo tiene el usufructo de un tercio si concurre con hijos. Sin testamento heredan los hijos y descendientes; a falta de ellos, los padres; después el cónyuge; y después hermanos y sobrinos.
El derecho civil aplicable depende de la vecindad civil del fallecido, que no siempre coincide con su residencia. Lo revisamos al principio porque cambia quién hereda, cuánto y cómo se valora.
Plusvalía municipal en Madrid
Cada inmueble urbano paga plusvalía municipal en su ayuntamiento. La calculamos por el método objetivo y por el real y aplicamos el más favorable; si el inmueble no ha ganado valor, no se paga. Muchos ayuntamientos bonifican la herencia de la vivienda habitual a cónyuge e hijos: revisamos la ordenanza de cada municipio.
Tramitamos herencias en Madrid y en todos los municipios de la provincia, entre ellos:
Cómo tramitamos tu herencia en Madrid
- Nos cuentas el caso en 2 minutos, por formulario o WhatsApp.
- En 24 h te damos números: normativa aplicable, impuesto estimado, plazo y presupuesto cerrado.
- Lo tramitamos todo: certificados, declaración de herederos si no hay testamento, inventario, coordinación con la notaría, liquidación ante Comunidad de Madrid (Dirección General de Tributos), plusvalías y cambios de titularidad. Tú firmas en digital.
Sin testamento, primero hay que declarar herederos ante notario: así funciona. Si vais a vender: cómo reducir el IRPF de la venta.
Preguntas frecuentes sobre herencias en Madrid
¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones en Madrid?
Si el fallecido residía en Madrid, se aplica la normativa de Comunidad de Madrid: bonificación del 99 % para hijos, cónyuge y padres y del 50 % para hermanos, sobrinos y tíos. Los beneficios para hermanos, sobrinos y otros parientes son menores (consulta el detalle de esta página). La cifra exacta depende del valor de lo heredado, del parentesco y del patrimonio previo del heredero.
¿Dónde se presenta el Impuesto de Sucesiones en Madrid?
Ante Comunidad de Madrid (Dirección General de Tributos), normalmente de forma telemática. Nosotros lo presentamos por ti. La plusvalía municipal se presenta en el ayuntamiento de cada inmueble urbano.
¿Qué pasa si la casa está en Madrid pero el fallecido vivía en otra comunidad?
Se aplica la normativa de la comunidad donde el fallecido residió los últimos cinco años, no la de Comunidad de Madrid. Solo la plusvalía municipal se paga en Madrid, en el ayuntamiento donde esté la vivienda.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia en Madrid con TESTA?
Desde 300 € + IVA, con presupuesto cerrado según el volumen de la herencia y el número de bienes. Aranceles de notaría y Registro e impuestos aparte.
¿Tengo que ir a Madrid para tramitar la herencia?
No. Trabajamos en toda España en digital. La notaría puede ser la que mejor os venga y, si algún heredero vive en el extranjero, coordinamos poderes con apostilla.