Impuesto sobre Sucesiones en Córdoba (2026)
Bonificación del 99 % y reducción de 1.000.000 € por heredero (hijos, cónyuge y padres).
- Reducción autonómica de 1.000.000 € por heredero para descendientes, cónyuge (y parejas de hecho inscritas) y ascendientes.
- Bonificación del 99 % de la cuota para los grupos I y II, incluidos los seguros de vida.
- Vivienda habitual del fallecido: reducción del 99 %, sin límite de importe y con solo 3 años de permanencia.
- Hermanos, sobrinos y tíos (grupo III): reducción de 10.000 € y sin bonificación; aquí sí suele haber cuota.
Información orientativa revisada en octubre de 2026. Fuentes: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026» (cap. IV, act. 29-4-2026); Ley 29/1987 (BOE), art. 23 bis; Diputaciones Forales y Hacienda Foral de Navarra. Cada beneficio tiene requisitos: te lo confirmamos con tus datos. Comparar con otras comunidades.
Lo específico de heredar en Córdoba
En la Subbética y la Campiña cordobesa es muy común heredar olivar o viñedo de Montilla-Moriles. Además de la bonificación andaluza del 99 %, si un heredero continúa la explotación agraria puede aplicar su reducción específica, y los derechos de la PAC deben transmitirse aparte.
Fincas rústicas y casas de pueblo
Las fincas rústicas no pagan plusvalía municipal, pero sí entran en Sucesiones por su valor de referencia. Es frecuente que no estén inscritas en el Registro o que Catastro y Registro no coincidan: lo detectamos al principio pidiendo la consulta al Índice de titularidades del Registro y la certificación catastral, para no descubrirlo el día que queráis vender. Si hay explotación agraria y algún heredero la continúa, puede aplicarse una reducción específica, y los derechos de la PAC se transmiten aparte.
Pisos de alto valor
Con valores de referencia altos, la plusvalía municipal puede ser importante: la calculamos por los dos métodos (objetivo y real) y aplicamos el más favorable, junto con la bonificación municipal si existe. Y si vais a vender el piso, el valor que se declare en Sucesiones será el que Hacienda use como coste de compra en vuestro IRPF.
Ejemplo orientativo
Dos hermanos heredan de su madre, residente en Córdoba, la casa familiar (valor de referencia de unos 110.000 €), varias fincas rústicas por unos 40.000 € y 35.000 € en cuentas: en total, unos 185.000 €. Hay testamento y uno de ellos quiere vender el inmueble.
Con la reducción de un millón por heredero y la bonificación del 99 %, en una herencia así la cuota de Sucesiones es cero o simbólica. El dinero real está en la plusvalía municipal del piso y en fijar bien el valor si lo vais a vender.
La plusvalía municipal se liquida en el ayuntamiento donde está cada inmueble urbano (las fincas rústicas no la pagan), en seis meses prorrogables hasta un año.
Derecho civil: Derecho común (Código Civil)
Los hijos tienen derecho a la legítima: dos tercios de la herencia (uno de ellos, de mejora). El cónyuge viudo tiene el usufructo de un tercio si concurre con hijos. Sin testamento heredan los hijos y descendientes; a falta de ellos, los padres; después el cónyuge; y después hermanos y sobrinos.
El derecho civil aplicable depende de la vecindad civil del fallecido, que no siempre coincide con su residencia. Lo revisamos al principio porque cambia quién hereda, cuánto y cómo se valora.
Plusvalía municipal en Córdoba
Cada inmueble urbano paga plusvalía municipal en su ayuntamiento. La calculamos por el método objetivo y por el real y aplicamos el más favorable; si el inmueble no ha ganado valor, no se paga. Muchos ayuntamientos bonifican la herencia de la vivienda habitual a cónyuge e hijos: revisamos la ordenanza de cada municipio.
Tramitamos herencias en Córdoba y en todos los municipios de la provincia, entre ellos:
Cómo tramitamos tu herencia en Córdoba
- Nos cuentas el caso en 2 minutos, por formulario o WhatsApp.
- En 24 h te damos números: normativa aplicable, impuesto estimado, plazo y presupuesto cerrado.
- Lo tramitamos todo: certificados, declaración de herederos si no hay testamento, inventario, coordinación con la notaría, liquidación ante Agencia Tributaria de Andalucía, plusvalías y cambios de titularidad. Tú firmas en digital.
Sin testamento, primero hay que declarar herederos ante notario: así funciona. Si vais a vender: cómo reducir el IRPF de la venta.
Preguntas frecuentes sobre herencias en Córdoba
¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones en Córdoba?
Si el fallecido residía en Córdoba, se aplica la normativa de Andalucía: bonificación del 99 % y reducción de 1.000.000 € por heredero (hijos, cónyuge y padres). Los beneficios para hermanos, sobrinos y otros parientes son menores (consulta el detalle de esta página). La cifra exacta depende del valor de lo heredado, del parentesco y del patrimonio previo del heredero.
¿Dónde se presenta el Impuesto de Sucesiones en Córdoba?
Ante Agencia Tributaria de Andalucía, normalmente de forma telemática. Nosotros lo presentamos por ti. La plusvalía municipal se presenta en el ayuntamiento de cada inmueble urbano.
¿Qué pasa si la casa está en Córdoba pero el fallecido vivía en otra comunidad?
Se aplica la normativa de la comunidad donde el fallecido residió los últimos cinco años, no la de Andalucía. Solo la plusvalía municipal se paga en Córdoba, en el ayuntamiento donde esté la vivienda.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia en Córdoba con TESTA?
Desde 300 € + IVA, con presupuesto cerrado según el volumen de la herencia y el número de bienes. Aranceles de notaría y Registro e impuestos aparte.
¿Tengo que ir a Córdoba para tramitar la herencia?
No. Trabajamos en toda España en digital. La notaría puede ser la que mejor os venga y, si algún heredero vive en el extranjero, coordinamos poderes con apostilla.